Derecho Comercial

Documentos negociables en el derecho chileno y comparado

Codigo: TBdcm2906

$ 49.000 con/IVA

Autor: Juan Esteban Puga Vial
Editorial Tirant lo Blanch
ISBN: 9791370102906
Primera edición, junio 2025
Formato: 17 x 24 cm.
896 páginas

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La Letra de Cambio, el Pagaré, el Cheque y la Factura Cedible


Los documentos negociables o efectos de comercio y las acciones de sociedades anónimas son, sin duda, los “inventos” jurídicos más extraordinarios del mundo capitalista occidental. Ambos crean una riqueza abstracta e inmaterial desarrollada a la par de otras tecnologías de la Revolución Industrial.

Tenemos claro que los títulos en papel están en retirada, no sólo porque hoy hay medios más eficientes y seguros de pago: la tarjeta de crédito, la transferencia electrónica, entre otros, sino porque es de prever que en un plazo no tan largo el título en papel (papier valeur) irá siendo reemplazado por análogos electrónicos. Se queda el autor con el sabor amargo de estar brindando una obra sobre un asunto agónico, sin embargo, aunque desde la década de los 70 se ha pretendido digitalizar los títulos de crédito y, en lo que a instrumentos negociables se refiere, el resultado ha sido muy pobre. Por otro lado, es muy posible que buena parte de los principios cambiarios sean trasplantables a un derecho cambiario electrónico.

Este trabajo ha tenido en cuenta la legislación de varios países y las leyes uniformes destinadas a armonizar sistemas legislativos distintos como las de las convenciones de la ciudad de Ginebra de 1930 (letra de cambio) y la de 1931 (cheque), a fin de oxigenar nuestra doctrina tan encerrada en sí misma y poco crítica de opiniones y doctrinas que no necesariamente se ajustan a nuestro derecho positivo. Chile es también deudor de las convenciones de Ginebra, aunque no haya suscrito ninguna de ellas. Pero conscientemente o no, no es copia simple de las mismas; tiene sus propios aportes, meritorios algunos y otros no tanto. De allí que las conclusiones del autor puedan no coincidir con la de autoridades doctrinarias extranjeras, pero no siempre por errores, sino muchas veces por los principios extraíbles del propio derecho positivo.

En el desarrollo de esta obra se ha recurrido a la doctrina y legislación extranjera para iluminar el sentido y alcance de nuestro derecho positivo, pero también para colaborar en la formación de estudiantes y abogados en el conocimiento de lo que ocurre allende nuestras fronteras; instrucción que hace mucho ha dejado de ser un preciosismo académico para convertirse en una necesidad profesional en un mundo donde el nacionalismo, no obstante sus sonoros últimos estertores, se disuelve en un mercado común mundial ante el cual las fronteras y las naciones son cada día más difusas.(www.librotecnia.cl)

 





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