Derecho Civil

¿Qué es el derecho privado?

Codigo: ZLdci7718

$ 18.000 con/IVA

Autor: Guido Alpa
Zela Grupo Editorial
ISBN: 9786124737718
Primera edición, 2017
Formato: 14,5 x 20,5 cm.
262 páginas

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Desde comienzos del tercer milenio, la propia concepción del derecho privado se ha modificado mucho en relación al pasado y, sobre todo, en relación a la concepción entregada por la tradición. Desde hace mucho tiempo el derecho privado ya no es «el derecho de los particulares», sino más bien un conjunto de reglas aplicables a los sujetos privados y públicos que aplican las categorías y los instrumentos del derecho privado, ahora entendido como derecho común.

Si bien los intereses privados aún se diferencian de los intereses públicos, se va desarrollando la tendencia que confía a los particulares una tarea de suplencia del Estado para la protección de los intereses públicos, como ocurre para la tutela de la salud, del ambiente, de la competencia y la lucha contra el lavado de activos de proveniencia ilícita. De esta forma, los confines entre derecho privado y público cada vez se tornan más lábiles.

En este período se han registrado muchas innovaciones de carácter legislativo y jurisprudencial (ahora ya no se puede cuestionar que la jurisprudencia sea fuente del derecho). Se ha desarrollado, aun cuando con mucha lentitud, la construcción del derecho privado europeo, en especial en el sector de la tutela de los consumidores del mercado digital; se ha reforzado el prívate enforcement de la normativa de la Unión Europea; el ordenamiento jurídico se ha adaptado a la evolución social de la familia, extendiéndose la relevancia jurídica a las uniones entre personas del mismo sexo, a la convivencia de hecho; se han sentado las bases para una reforma radical del tercer sector, relativo a los sujetos que operan sin fines de lucro; se ha extendido la aplicación de la cláusula general de buena fe en las relaciones contractuales y se ha dado ingreso, de manera casi coral, a la cláusula general de abuso del derecho.

La crisis económica, de la que Italia trata de salir con muchas dificultades, no ha tendido sobre el ordenamiento jurídico aquel impacto que se podía esperar si se la compara con las grandes crisis del siglo XX, con excepción del sector de los contratos de trabajo y de los contratos de mutuo a las empresas y a los particulares. Por el contrario, el contencioso en el sector bancario y financiero ha aumentado, pero el Estado, vinculado por el régimen de la Unión Europea, no ha podido intervenir con medidas de salvataje, dejando la tarea a la intervención de los particulares. Ante la crisis de la administración de justicia se ha procurado ampliar las formas complementarias de resolución de las controversias, gestionadas por los particulares mediante la mediación y la conciliación.

En esta coyuntura, a cada quien se pide obrar con espíritu solidario, afrontando con coraje y sacrificios, en la esperanza de un futuro mejor. Los juristas también deben hacer su parte, promoviendo la evolución del derecho y, sobre todo, colaborando a remover las desigualdades que constituyen el aspecto negativo de la globalización y de la crisis económica en curso.(www.librotecnia.cl)

 

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