Derecho Procesal Civil

Disposiciones comunes a todo procedimiento

Codigo: DGdpc0001

$ 23.000 con/IVA

Autor: José Quezada Meléndez
Editorial Digesto
Primera edición, noviembre 1999
Formato: 18,5 x 26 cm.
374 páginas

pdf Ver índice en PDF

 

El Código de Procedimiento Civil en el Libro Primero contempla las Disposiciones Comunes a todo procedimiento, y el de Procedimiento Penal, en el Libro Primero, también señala como título el de Disposiciones generales relativas al juicio criminal. El vocablo Disposición es considerado “como precepto legal o reglamentario", o “como todo lo que manda la ley”, según el Diccionario de la Lengua y el de Escriche. La Ley de Enjuiciamiento Civil española, que sirvió de base a nuestro Código Procesal Civil, dedica el Libro Primero a las “Disposiciones comunes a la jurisdicción contenciosa y a la voluntaria”.

Todo esto indica que están en vigor y observancia muchas de las expresiones procesales que corresponden a la Escuela Privatística, pero que debemos interpretar de acuerdo a la Ciencia Procesal contemporánea. Interesa destacar más que el aspecto legal, reglamentario o práctico, el normativo o substancial. La norma es más amplia que la ley, y es diferente a la regla. Esta descansa en un juicio de realidad, es un medio de obrar práctico y sugiere una conveniencia, mientras que la norma lo hace en juicio de valor, ordena una conducta o impone una obligación.

La notificación es un acto, pero además es jurídico y es procesal; hay que examinarla como acto jurídico en su concepto, requisitos, clasificaciones y efectos. Lo mismo hay que hacer con la resolución, la comparecencia, la representación, el patrocinio, la actuación y otros actos procesales que contempla el Libro Primero de nuestro Código de Procedimiento Civil.

Lo importante es tratar de hacer Ciencia Procesal, de buscar el sentido de las instituciones procesales, como la acción, la jurisdicción, el proceso, el procedimiento, y confirmar la independencia y autonomía de ellas frente a las de otros ordenamientos jurídicos. Lo importante es elevarse de técnico del proceso como lo es el procurador, a técnico del derecho, como debe serlo el abogado.(www.librotecnia.cl)

 

 





WebPay

VENTAS POR LA WEB SOLO EN CHILE, NO SE HACEN VENTAS AL EXTRANJERO

 

Encuentranos en Espacio M:

Mall Espacio M