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La abogacía y sus desafíos, Carlos López Díaz

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La abogacía y sus desafíos
CARLOS LÓPEZ DÍAZ
ABOGADO


El ejercicio de toda profesión requiere de una serie de habilidades y aptitudes que, conforme a la normativa vigente, corresponde proporcionar a las instituciones de educación superior. Las mismas están sujetas a procedimientos previamente regulados, trasparentes e imparciales, que buscan verificar el cumplimiento de tales requisitos por la autoridad pública. Sin embargo, es un lugar común afirmar que el perfeccionamiento profesional no acaba con la titulación, sino que es más, muchas veces recién ahí comienza.

Por lo indicado es que constantemente debemos efectuar un trabajo de reflexión en torno a lo que ha sido la profesión jurídica, especialmente los desafíos que plantea el nuevo siglo que ya se ha iniciado, y si se ha recepcionado en la docencia o en el ejercicio profesional.

1. En los tribunales: la oralidad de los procedimientos

El ejercicio de la profesión ante los tribunales, conocido como el “foro”, ha sido el sitio con el cual naturalmente se vincula al abogado. Ya desde los tiempos romanos el orador –que no necesariamente era abogado– efectuaba coloridas declamaciones en busca de la defensa o censura de las argumentaciones jurídicas que allí se debatían, y que eran muchas veces más decisivas que los argumentos de fondo que se esgrimían.

En ese sentido se ha hecho evidente la tendencia a la oralidad en los procedimientos. Ahí tenemos la reforma al sistema procesal penal, mientras, paralelamente, también se está gestando la reforma a la justicia laboral y a la justicia civil, la que incluye a los tribunales de familia.+ Las universidades se han percatado de esto y aparte de los numerosos cursos y postítulos de actualización, han dado hincapié a la oralidad. Ya no sólo en los exámenes, tradicionalmente ante comisiones examinadoras, se puede hacer ejercicio de la expresión verbal, sino que en audiencias simuladas como parte de la malla curricular.

2. En la docencia: nuevas metodologías de enseñanza

Conforme se exigen nuevas aptitudes, se requieren también de nuevas metodologías para transmitirlas a los alumnos. Pero en tal sentido las paradojas han sido varias: si bien hay acuerdo –aunque no unánime– en que la clase expositiva, unidireccional, está bastante desfasada, al parecer la propia estructura de la carrera de derecho la impone como la más adecuada, pues permite la transmisión de lo que es precisamente lo más valioso: el conocimiento y la experiencia de quien las posee: el docente.

Han sido varios los intentos de reformar la carrera, agregando o suprimiendo ramos, y de imponer una metodología más activa y participativa. Sin embargo, los resultados han sido dudosos. En este sentido podemos afirmar que la tradición se ha impuesto, y no en forma negativa, sino porque la experiencia de muchos años nos ha indicado que es una buena forma de enseñar.

3. En la seguridad social: la cotización profesional

Gran parte de los abogados se dedican al ejercicio libre de la profesión, y carecen de empleador único. Dicha opción, valorada celosamente por muchos colegas, conlleva los riesgos inherentes de ingresos variables. Pero también incluye otro aspecto que muchas veces se omite: el de la seguridad social, que obliga a cotizar en forma individual.

Sin embargo, este aspecto es comprensiblemente postergado hasta que su asunción se hace inevitable. Al respecto está pendiente una ley, cuya tramitación todavía se encuentra en el Congreso Nacional, que busca la cotización obligatoria a todos los trabajadores independientes, entre los que se encuentran precisamente los abogados.

4. En el ejercicio libre: el perfeccionamiento profesional

Ciertamente que ha pasado la época del abogado general, que conocía de todos los temas y que podía resolver tanto un asunto civil como uno criminal, una materia de comercio como uno tributario. Si bien lo deseable es saber de todo, es un hecho evidente que se requiere de abogados con conocimientos específicos en determinadas materias, muchas de las cuales ni siquiera eran conocidas años atrás, como el caso de la regulación del medio ambiente.

Por lo mismo es que las universidades han captado esto y proporcionan una variada oferta académica de cursos y postgrados. Y también, el pregrado ofrece la posibilidad de titularse con alguna mención específica, aunque esta última posibilidad la vemos con algo de recelo porque a esas alturas no siempre se está en condiciones de decidir por qué área se inclinará el ejercicio de la profesión; es más, muchas veces es la propia vida la que nos va indicando en qué área del derecho vamos a dedicar nuestros esfuerzos.. En lo ético: nuevas exigencias

El Código de Etica del abogado ha quedado desfasado en muchos aspectos, pero en lo sustancial sigue vigente. Como es sabido, los colegios profesionales llevan un registro de abogados colegiados, la cual en Chile es voluntaria. Sin embargo, por la última reforma constitucional, del año 2005, tales instituciones disponen de la tuición ética sobre todos los profesionales letrados. De este modo, no debiera haber en Chile abogado que por faltas a la ética quede exento de responsabilidad.

La responsabilidad profesional civil y penal, queda sujeto a las reglas generales, o sea, se debe recurrir a los tribunales de justicia.

6. En las cargas públicas: la práctica judicial y los abogados de turno

Nuestro sistema jurídico procesal contempla una serie de instituciones que buscan concretar la garantía constitucional de la debida defensa letrada, derecho al que tienen todas las personas en nuestro país. En tal sentido, tenemos la Corporación de Asistencia Judicial, la Defensoría Penal Pública, el Servicio Nacional de Menores, el Servicio Nacional de la Mujer, así como también el servicio del abogado de turno.

Hay una clara tendencia a profesionalizar la intervención de la defensoría letrada ante los tribunales, y a suprimir el sistema de práctica en las corporaciones de asistencia, que están basadas en planteamientos opuestos a la libertad de trabajo, igualdad ante las cargas públicas y debida defensa en juicio. Los supuestos fácticos bajo los que operaba décadas atrás son actualmente insostenibles. Así, cuando la educación era gratuita, se justificaba que el profesional, una vez titulado, retribuyera a la sociedad con su trabajo, pero evidentemente eso ahora no es así.

La misma situación se plantea con los abogados de turno: se les impone una carga ilegítima e ilegal, pues implica asumir la obligación de ejecutar un trabajo en forma gratuita, sin ninguna clase de protección laboral. Además, es la única profesión que tiene tal carga, lo que constituye una discriminación arbitraria y odiosa.

Conclusiones

La profesión de abogado goza de buena salud, pero los desafíos que plantean los nuevos tiempos son numerosos, y se les ha hecho frente con mayor o menor éxito. Constituye tarea de cada uno de nosotros, los que hemos optado por esta profesión, colaborar en tal sentido par el pleno éxito de tales metas.

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